Los Bonos Fiscales 900(Ley N° 27.506 Promoción de Economía del Conocimiento- Art. 9°) y 901(Ley N° 27.506 Promoción de Economía del Conocimiento - Art. 9°Título de Doctor) son considerados de libre transferibilidad. Los bonos 900 y bonos 901 de crédito fiscal podrán utilizarse para el pago de IVA e Impuesto a las Ganancias (DDJJ y/o anticipos).

ARGOL S.A. estructura operaciones entre los beneficiarios de los bonos y empresas multinacionales de primer nivel, con las mejores tasas del mercado

  • Nuestro trabajo principal como consultora está dedicado a la estructuración de cesiones de los bonos ley de promoción de la economia del conocimiento (ley 27506), para que los beneficiarios del reintegro puedan hacer líquidos sus bonos.
  • Hemos operado con muchos beneficiarios de diversos sectores de la industria de la economía del conocimiento y de todo el país.

¿Como lo hacemos?

  • Paso 1

    El beneficiario de los bonos se contacta con nosotros y le pasamos las condiciones de la cesión (precio y plazo de pago)

  • Paso 2

    Envia por mail detalle de bonos y datos bancarios

  • Paso 3

    Le enviamos por mail la carta oferta con las condiciones de la operación, y la instrucción para cederlos bonos al CUIT de la empresa multinacional

  • Paso 4

    Nos envía por mail los comprobantes de cesion que emite AFIP por cada una de las cesiones de los bonos

  • Paso 5

    Se procesa el pago de la empresa compradora para la fecha pactada, y luego se entrega comprobante para su contabilización

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